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Marc Trayter i Vilagran, Abogado por vocación desde 2003 Girona 619 475 337 marc@advocatgirona.cat

¿Qué debo saber sobre el acto de juicio de un divorcio?

Tanto si se trata de un divorcio, separación, extinción de pareja de hecho, modificación de medidas o procedimiento de guarda y custodia, el acto de juicio se desarrolla por las mismas reglas. Cuando hay un menor de edad implicado, en todos ellos participa el Ministerio Fiscal y, en especial, rige el interés superior del menor. Esto implica que para tomar la mejor decisión a favor del menor, el juez puede suavizar la rigidez de las reglas procesales, así como tomar las medidas que crea convenientes para la protección del menor.

A continuación siguen algunos puntos de cómo es el día del juicio, aspectos básicos y algun consejo de cómo afrontarlo:

1.- Intento de alcanzar un acuerdo.

Antes de empezar el juicio, cuando nos encontramos esperando abogados, procuradores y clientes en el pasillo cerca de la puerta de la sala de vistas, es práctica habitual que aparezca el oficial del juzgado pidiendo a los abogados que entren primero solos. En este momento es habitual que el juez o el Ministerio Fiscal pregunte a los abogados si es posible alcanzar un acuerdo. A menudo sucede que la presión del juicio o la mediación del juez desencallan negociaciones que parecían imposibles cuando el juicio estaba lejos.

2.- Audiencia al menor de 12 años o más.

Sin duda se trata de la peor parte de un juicio. La ley prevé que los menores de 12 años o más se les escuchará antes de tomar una decisión que les pueda afectar. Escuchar a los menores o darles la oportunidad de explicar sus preferencias es positivo, pero hacerlo justo antes de empezar el juicio es un gran error de la práctica judicial que incomprensiblemente no se corrige. Por más que el juez escuche al menor sin los abogados ni sus padres presentes, hacerlo acudir a la sala de vistas el día del juicio es claramente inadecuado, ya que no se le preserva del conflicto legítimo que sus padres puedan tener.

3.- Las pruebas del juicio.

Como todo juicio, la vista de un divorcio se centra en practicar pruebas para acreditar los hechos que apoyan a nuestras pretensiones. A menudo la prueba que se practica en un juicio de derecho de familia se limita al interrogatorio de las partes y la prueba documental. Esto es así ya que al ser aspectos familiares los que están en discusión, los testigos que se proponen suelen ser miembros de la familia. Muchos jueces son reacios a aceptar este tipo de testigos por su imparcialidad. Sin embargo, cabe destacar que si se propone un testigo y se justifica la utilidad de su intervención el juez lo aceptará y se le podrá interrogar.
La prueba estrella del derecho de familia es el informe pericial efectuado por un psicólogo sobre la capacidad parental de los padres, las circunstancias del menor y con una propuesta técnica sobre el mejor régimen de custodia. Es una prueba cualificada de la que pueden valerse las partes, aún así, su coste y la posibilidad de ser tachada de parcial hacen que a menudo se estime que no es necesaria.

4. – Interrogatorio de las partes.

El interrogatorio de las partes es el interrogatorio del demandante y el demandado, es decir, de las personas que se separan. Como consejo para el interrogatorio, sencillamente es importante comprender las preguntas y responder. Las preguntas no pueden ser capciosas ni malintencionadas. Si se trata de una pregunta mal formulada o formulada para retorcer la respuesta, el juez no debería admitirla ya que legalmente debe practicar un control sobre las preguntas que se formulen a cualquier parte o testigo.

En el acto de juicio sólo intervendremos para responder a las preguntas que nos formulen. Intervenir o hablar sin que el juez nos haya dado la palabra no está permitido. En todo caso, hay que respetar los turnos y no gesticular ni mostrar signos de desaprobación cuando hablen los demás. Si no somos capaces de mantener silencio o el comportamiento no es el que se espera, no tardaremos demasiado a tener la reprobación del juez.

5.- Informe.

La última parte del juicio es el informe de los abogados de cada una de las partes y del Ministerio Fiscal. Se trata de un exposición oral de lo que ha sido la práctica de la prueba y de argumentar las medidas que se piden al juez. En este momento el Fiscal por primera vez se pronunciará sobre cuáles son las medidas que considera adecuadas, ya que hasta entonces no se ha posicionado a favor de ninguna de las partes. Lo que en interés del menor haya solicitado el Fiscal al juez, puede servir de guía de cómo ha sido el juicio pero no vincula en absoluto al juez.

Como profesional creo que al juicio hay que llegar con serenidad, después de haber expuesto razonadamente nuestra posición en la demanda o en la contestación a la demanda, en su caso. Creo que hay que preparar el juicio con una clara visión de cuales son los puntos controvertidos, aquellos en que no existe acuerdo, y buscar argumentos o pruebas para superar este punto litigioso. Centrarnos en aspectos que no son relevantes jurídicamente o reproducir ante el juez el conflicto interparental no nos ayudará.

Autor del artículo: Marc Trayter Vilagran. Abogado. Fotografia del post via flickr.

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