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Marc Trayter i Vilagran, Abogado por vocación desde 2003 Girona 619 475 337 marc@advocatgirona.cat
Foto de John C Bullas via Flickr (CC BY-NC-ND 2.0)

Cuatro mitos sobre los divorcios.

En 2016 entraron en los juzgados catalanes 18.632 procedimientos de familia, esta cifra incluye tanto procedimientos de común acuerdo como contenciosos, separaciones, divorcios o nulidades matrimoniales. Este volumen de asuntos convierten los procedimientos de familia en relativamente comunes y populares, produciéndose un cúmulo de conversaciones en las que pueden detectarse al menos cuatro mitos:

1.- “Las mujeres se lo llevan todo”.

A menudo parece olvidarse que el régimen económico matrimonial predominante en Cataluña es el de separación de bienes, el cual sólo opera para proteger al cónyuge más vulnerable en supuestos concretos, en ningún caso, para traspasar la mitad del patrimonio de un cónyuge al otro.

2.- “Los divorcios son muy caros”.

Divorciarse no tiene porqué ser caro y menos si previamente se ha firmado una hoja de encargo. Lo que es caro es mantener una lucha abierta con la ex-pareja en los juzgados. A menudo se interponen denuncias y demandas que sólo hacen que dar pie a otras denuncias y demandas, acumulándose los procedimientos abiertos en los juzgados y desgastando emocionalmente a las partes. Mantener una guerra con la expareja y todos estos procedimientos abiertos en los juzgados sí es caro, de ahí la importancia de saber lo que es ganar en un procedimiento de familia. Aún así, las parejas que son capaz de resolver sus asuntos de una manera civilizada y ordenada, no deben temer por el coste de un divorcio.

3.- “Los niños siempre se quedan con las madres”.

La sociedad está avanzando lentamente hacia un modelo más igualitario pero jurídicamente con relativamente poco tiempo se han producido cambios profundos en la terminología (patria potestad vs. responsabilidad parental) o hacia la custodia compartida. El Código Civil de Cataluña apuesta por un ejercicio compartido de la responsabilidad parental y, sino se demuestra lo contrario, padre y madre están capacitados por igual para ejercer la guarda de sus hijos. Por tanto, no existe ninguna norma que otorgue la propiedad de los hijos a la madre. De no existir acuerdo entre los padres, habrá que hacer un esfuerzo para acreditar cuál es el mejor sistema de guarda para los hijos, ya que actualmente no se puede dar por hecho que se otorgará la custodia en exclusiva a la madre.

4.-Todo lo hago por mi hijo”.

En los procedimientos de familia en que existen menores implicados, a menudo el centro es un menor vulnerable al conflicto. Todas las partes dicen actuar en interés del menor, pero que realmente lo hagan es otra cuestión. Lo que realmente es útil y necesario es argumentar y detallar las medidas más adecuadas al caso, explicar bien todos los condicionantes del asunto y huir de expresiones maximalistas. Lo que realmente cuenta es el comportamiento y las acciones de las partes, que demuestran si realmente se busca el bienestar de los hijos o el propio.

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