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Marc Trayter i Vilagran, Abogado por vocación desde 2003 Girona 619 475 337 marc@advocatgirona.cat
Divorci davant notari

Divorcio ante notario

En los últimos años ha tenido bastante aceptación el divorcio notarial o ante notario, el cual destaca por ser mucho más rápido. También es más económico sino se procede al reparto de propiedades en común, o bien si procediendo al reparto de bienes en común se acuerda su venta.

La Disposición final primera de la Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria, modificando algunos artículos del Código Civil español, establece la posibilidad de que en algunos casos divorcios o separaciones puedan tramitarse tanto en un juzgado como en una notaría.

Requisitos para un divorcio notarial.

Para que un divorcio o separación pueda celebrarse mediante una escritura ante notario deben reunirse tres requisitos esenciales:

  • El divorcio o separación debe ser de mutuo acuerdo, tramitándose la escritura conjuntamente con los dos cónyuges y la asistencia de un abogado.
  • No pueden haber involucrados hijos menores de edad o incapacitados judicialmente.
  • Se tramitarán como mínimo después de tres meses de haberse celebrado el matrimonio y ante el notario del último domicilio del matrimonio o del domicilio habitual de uno de los dos cónyuges.

Documentación mínima necesaria.

Si no existen bienes en común, la documentación mínima para tramitar un divorcio notarial es la siguiente:

  • Convenio regulador de divorcio.
  • Certificado de matrimonio
  • DNI, NIE o pasaporte.
  • Según la notaría, certificado de empadronamiento para acreditar la competencia territorial de la notaría.

Trámite del Divorcio notarial

La asistencia del abogado sigue siendo preceptiva, ya que deberá redactar un Convenio Regulador de Divorcio que recoja los pactos que rigen la separación o divorcio. El abogado también estará presente en el acto notarial y firmará la escritura de divorcio o separación.

En relación a los acuerdos necesarios para disolver el matrimonio, al ser divorcios en los que no deben tomarse medidas que afecten a hijos menores de edad, estos acuerdos quedaran dentro de la esfera patrimonial y en regular o renunciar a los efectos económicos que se desprenden del divorcio. El acuerdo base de un divorcio notarial és la voluntad compartida de separarse.

La escritura de divorcio tendrá los mismos efectos que una sentencia judicial fruto de un Convenio regulador de divorcio. Será el título válido para inscribir el divorcio en el Registro Civil y será susceptible de modificación en los mismos términos que una sentencia mediante un procedimiento de modificación de medidas.

Las diferencias en optar entre notaría o juzgado para los interesados ​​parecen limitarse a dos aspectos: al tiempo y al coste. La tramitación en la notaría se prevé más ágil y rápida, ahorrando tiempo. En relación al coste, ante notario no es preceptiva la asistencia de un procurador pero hay que abonar los aranceles de la notaría, aun así, es más económico. En todo caso, la motivación de la ley es desjudicializar y descolapsar los juzgados de nuevas demandas, siendo esta la razón que ha llevado al nacimiento de esta reforma legal.

El divorcio notarial se perfila como un instrumento ágil y económico para los divorcios más sencillos, donde alcanzar acuerdos a menudo se limita a la mera voluntad compartida de divorciarse.

Autor del artículo Marc Trayter Vilagran, abogado. Foto del post de Sebastien Wiertz via Flickr (CC BY 2.0)

 

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