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Marc Trayter i Vilagran, Abogado por vocación desde 2003 Girona 619 475 337 marc@advocatgirona.cat

Jurisdicción voluntaria: los desacuerdos en el ejercicio de la patria potestad o responsabilidad parental.

En caso de padres separados puede resultar difícil tomar algunas decisiones relacionadas con la custodia de los hijos cuando estos son menores de edad. Si no fuera posible un acuerdo entre los padres, la Ley de Jurisdicción voluntaria establece un procedimiento simplificado para que sea el juez quien finalmente tome esta decisión. Estamos hablando de situaciones de bloqueo, donde el conflicto interparental después de un divorcio no permite que se tome alguna decisión relevante para el menor como por ejemplo:

Autorizaciones para viajar al extranjero.

A menudo hay convenios o sentencias de guarda y custodia que establecen que para que los hijos menores puedan realizar un viaje al extranjero será necesaria la autorización del otro progenitor. Estos viajes pueden obedecer a la necesidad de conocer la familia extensa que vive en el extranjero, por otro lado, la oposición al viaje puede deberse a indicios de que la intención real es quedarse a residir en el extranjero.

Tratamientos médicos, psicológicos o terapéuticos.

Los padres pueden no coincidir en si es necesario un tratamiento psicológico o si determinado tratamiento farmacológico es imprescindible. A falta de acuerdo puede someterse esta decisión a un juez.

El tipo de educación que debe recibir el menor.

Elegir el instituto, escuela privada o pública, qué tipo de formación académica o profesional debe recibir nuestro hijo… puede resultar controvertido, especialmente cuando hay costes asociados.

La primera comunión.

Práctica de eventos religiosos como la primera comunión, la asistencia a catequesis o, en algunos casos, garantizar que el progenitor organizador no excluirá al otro.

Cambios de residencia, domicilio o traslados del menor.

En estos casos, puede ser confusa la elección de un procedimiento de modificación de medidas o un expediente de jurisdicción voluntaria, ya que el cambio de domicilio del menor puede implicar también la necesidad de cambiar el sistema de guarda.

La autorización para obtener el pasaporte.

Actualmente para que un menor pueda obtener el pasaporte es necesario el consentimiento de ambos padres. Si uno de ellos se negara a prestarlo, se puede solicitar al juez que subsane la falta de consentimiento de un progenitor.

En síntesis, el procedimiento de jurisdicción voluntaria puede ser adecuado en casos de desacuerdo en el ejercicio de la patria potestad que justifiquen una intervención judicial.

Características del expediente de jurisdicción voluntaria:

1.- El procedimiento se iniciará mediante escrito ante el juez, exponiendo y argumentando la petición que se realiza. En este momento inicial no es obligatoria la asistencia de abogado y procurador, pero si que lo será si hay oposición.

2.– Al tratarse de menores de edad, intervendrá el Ministerio Fiscal en representación del interés público del menor.

3.- Si el menor es mayor de 12 años deberá ser oído por el juez.

4.- Admitida la solicitud de expediente de jurisdicción voluntaria, se citará al otro progenitor y se convocará a las partes a una vista. El juez, a instancia de parte o de oficio, podrá practicar las pruebas o diligencias que estime necesarias para resolver la solicitud.

5.- La decisión final tomada por el juez se puede recurrir en Recurso de apelación.

Este procedimiento es un instrumento más en derecho de familia para resolver problemáticas comunes entre padres separados, en todo caso, siempre deberá agotarse antes cualquier posibilidad de resolución extrajudicial, ya sea una mediación, el diálogo entre abogados o cualquier camino que pueda evitar que sea ​​un tercero quien acabe toman las decisiones sobre nuestros hijos.

Autor del artículo Marc Trayter Vilagran, Abogado.

Blog Abogado Girona

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