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Marc Trayter i Vilagran, Abogado por vocación desde 2003 Girona 619 475 337 marc@advocatgirona.cat

El delito de conducción temeraria.

Los delitos contra la seguridad en el tráfico son delitos muy comunes en los juzgados de guardia, siendo el delito de conducción temeraria uno de los que tiene más incidencia junto con los delitos por la ingesta de bebidas alcohólicas en la conducción.

Como conducción temeraria hay que entender aquella conducción que se produce sin diligencia, prescindiendo de las reglas de circulación y con manifiesta temeridad. Dentro de este tipo de delito se pueden distinguir diferentes conductas, desde infracciones de tráfico administrativas que se pueden convertir en delito debido a que se ha puesto en peligro la integridad física de otro conductor, como conductas especialmente graves que implican un riesgo para la vida tanto del propio conductor temerario como para cualquier otro que se encuentre en la vía.

Conducción de temeridad manifiesta, poniendo en concreto peligro la vida o integridad de las personas.

Esta modalidad de conducción temeraria castiga aquella conducción en la que se haya puesto en peligro la vida o la integridad física de alguna persona. Aunque no conste el nombre o identificación concreta de terceros conductores que sufrieron la temeridad de la conducción, al menos tendrá que constar acreditado que la conducción representó un peligro concreto para alguien. Saltarse varios semáforos seguidos, es una conducta que puede castigarse con sanciones de tráfico administrativas, pero si constara acreditado que saltarse los semáforos puso en peligro a otros conductores, entonces la mayor gravedad de la conducción puede implicar una condena penal . El mismo caso se da con una conducción a velocidad excesiva, si los límites de velocidad superados no son los marcados como delito, pueden sancionarse como infracción de circulación, en cambio, si consta que esta conducción con exceso de velocidad se ha producido con temeridad y poniendo en peligro algún otro conductor, puede instruirse como delito.
Las penas asociadas al delito base de conducción temeraria son privación del carné de conducir de 1 a 6 años, y pena de prisión de 6 meses a 2 años.

Conducción temeraria con manifiesto desprecio por la vida de los demás.

Se trata de una modalidad agravada de conducción temeraria, donde la temeridad es suficientemente grave como para dar por acreditado que el conductor temerario se le representó como probable la posibilidad de que se diera un accidente muy grave. Estamos hablando por ejemplo de conductores suicidas o Kamicazes que conducen a alta velocidad en sentido contrario por la autopista. Las penas por esta modalidad de conducción temeraria son especialmente graves ya que se equiparan a una tentativa de homicidio, donde el peligro creado con la conducción implica desprecio por la vida de los demás.
Si la conducción hubiera puesto en concreto peligro la vida de algún otro conductor, la pena será de 2 a 5 años de prisión, privación del carné de conducir de 6 a 10 años y multa de 12 a 24 meses. Si no constara acreditado que se ha puesto en concreto peligro la vida de ningún otro conductor, la pena sería de 1 a 2 años de prisión, privación del carné de conducir de 6 a 10 años y multa de 6 a 12 meses.

Autor del artículo Marc Trayter Vilagran, abogado. Fotografía extraída vía Flickr.

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